Publicado Mayo 09, 2020
El decreto que fue publicado el día jueves 7 de mayo en el Diario Oficial, permite la compra de medicamentos por internet aun cuando requieran de receta médica, y su posterior entrega a domicilio.
En medio de la crisis sanitaria y ante el llamado de las autoridades a que la gente salga lo menos posible de sus casas, la recién aprobada normativa del Ministerio de Salud, que permite la venta de fármacos mediante plataformas digitales y su posterior despacho a domicilio, cobra importancia.
La disposición es válida para aquellos productos que se comercializan por venta directa, a través de receta simple o retenida. Eso sí, se excluyen los estupefacientes y psicotrópicos.
En el documento publicado ayer en el Diario Oficial, se plantea que en el caso de medicamentos de venta con prescripción simple, "podrá ponerse a disposición del establecimiento una receta médica electrónica o una copia digitalizada de una receta". Mientras que en el caso de remedios con receta retenida, se podrá comprar teniendo que entregar la prescripción al momento de recibir el producto.
El decreto también dispone que se permite que el despacho sea a través de terceros, como en aplicaciones de delivery. Sin embargo, "la responsabilidad sanitaria por los productos despachados será siempre del establecimiento autorizado para el expendio de medicamentos", consigna el texto.
Además, plantea que las farmacias o almacenes farmacéuticos deberán ofrecer en sus medios electrónicos, de forma "clara, oportuna, transparente y veraz", la información de los precios y disponibilidad de productos.
Según el Ministro de Salud, Jaime Mañalch, la medida apunta a eliminar los mercados informales otorgando un marco jurídico. Añade que el cambio consiste en una modificación permanente y que no está vinculado a la alerta sanitaria.
Actualmente, en el Congreso se discute la Ley de Fármacos II, que entre otros puntos, aborda la venta online de medicamentos.
A fines de marzo, la Asociación de Productores Locales de Medicamentos (Prolmed) había planteado al Instituto de Salud Pública (ISP) la dificultad que tendrían pacientes para acceder a sus consultas y, por ende, a sus medicamentos debido a la pandemia.
Jean-Jacques Duhart, vicepresidente ejecutivo de la entidad, si bien valora la medida, lamenta que se hayan dejado fuera medicamentos como ansiolíticos y antidepresivos. Agrega que hay formas seguras de poder habilitar esto para determinadas personas.
Asimismo, Ana Victoria Nieto, presidenta del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos, afirma que "si bien se avanza en las definiciones normativas para una realidad visible hace ya tiempo en nuestro país, hay algunos aspectos del proceso que se requiere aclarar con la autoridad sanitaria". Menciona, por ejemplo, la verificación de firmas avanzadas, evitar duplicidad de prescripción, mantención de archivo de recetas electrónicas, entre otros.
A su vez, Cristóbal Cuadrado, secretario técnico del Colegio Medico, afirma que con esto queda pendiente "la regulación de la receta médica electrónica, que es sin duda una condición necesaria para poder generar un funcionamiento óptimo".
Por su parte, Patricio Silva, decano de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Central, asegura que la nueva autorización "es una herramienta adecuada. Debemos entender que igual va a haber una receta de un profesional que, de alguna manera, se va a hacer responsable de la prescripción".
Revisa el decreto del Ministerio de Salud aquí.
Fuente: El Mercurio